Acuerdo de confidencialidad mutuo.
Celebrado entre DevZen Solutions, en lo sucesivo "DevZen", y {CLIENTE_RAZON_SOCIAL}, en lo sucesivo "el Cliente", conjuntamente referidas como "las Partes", sujeto a las siguientes declaraciones y cláusulas.
- Entidad
- {ENTIDAD_LEGAL}
- Filial de
- Nümia Group LTD
- Representante
- Kike Vázquez · CEO/CTO · Co-Founder
- Domicilio
- {DOMICILIO_FISCAL_DZ}
- RFC
- {RFC_DEVZEN}
- kike@numia.group
- Teléfono
- +52 981 123-6415
- Representante
- {CLIENTE_REPRESENTANTE}
- Cargo
- {CLIENTE_CARGO}
- Domicilio
- {CLIENTE_DOMICILIO}
- RFC
- {CLIENTE_RFC}
- {CLIENTE_EMAIL}
- Teléfono
- {CLIENTE_TELEFONO}
I. Declara DevZen que es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cuenta con la capacidad técnica y legal para prestar servicios de desarrollo de software, automatizaciones y estrategia técnica, y que su representante cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente acuerdo.
II. Declara el Cliente, por conducto de su representante legal, que cuenta con personalidad y facultades suficientes para celebrar el presente acuerdo, y que los datos consignados en el bloque de identificación son veraces.
III. Declaran las Partes que han sostenido conversaciones con el propósito de {PROPOSITO_INTERCAMBIO}, y que para llevar a cabo dicho intercambio resulta necesario revelarse mutuamente Información Confidencial cuya protección se regula por el presente instrumento.
Objeto, definiciones y exclusiones.
El presente acuerdo tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales las Partes intercambiarán Información Confidencial, así como las obligaciones de protección, uso restringido y devolución que se obligan a cumplir, durante el periodo en que el intercambio se mantenga vigente y por el plazo posterior establecido en la cláusula 6.
Se entiende por Información Confidencial toda información, en cualquier soporte —escrito, digital, verbal, gráfico o visual— que una Parte (la "Parte Reveladora") comparta con la otra (la "Parte Receptora") con motivo del propósito descrito en la declaración III, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa:
- Información técnica: código fuente, arquitectura, diagramas, especificaciones, credenciales, runbooks, scripts, modelos de datos y configuraciones.
- Información comercial: precios, márgenes, clientes, estrategias, plan de productos, propuestas comerciales y contratos con terceros.
- Información operativa: procesos internos, métricas de negocio, datos financieros no públicos y estructura del equipo.
- Información personal: datos de empleados, clientes finales o proveedores, en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
No se considerará Información Confidencial aquella que la Parte Receptora demuestre fehacientemente que: (i) era del dominio público al momento de su recepción o llegó a ser de dominio público sin culpa de la Parte Receptora; (ii) era ya conocida por la Parte Receptora antes de su revelación por la otra Parte y sin obligación de confidencialidad; (iii) fue desarrollada de manera independiente por la Parte Receptora sin uso de la Información Confidencial; o (iv) deba ser revelada por mandato judicial o administrativo, en cuyo caso la Parte Receptora notificará por escrito a la Parte Reveladora previo a la revelación, siempre que la ley lo permita.
Obligaciones y no solicitación.
La Parte Receptora se obliga a:
- Usar la Información Confidencial exclusivamente para el propósito descrito en la declaración III.
- Proteger la Información Confidencial con el mismo grado de cuidado que aplicaría a su propia información confidencial de igual sensibilidad, y en ningún caso menor al cuidado razonable.
- No divulgar la Información Confidencial a terceros sin autorización previa y por escrito de la Parte Reveladora.
- Limitar el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados, contratistas o asesores que necesiten conocerla para el propósito autorizado, y asegurarse de que dichas personas se obliguen a obligaciones de confidencialidad equivalentes.
- Notificar a la Parte Reveladora, dentro de los cinco días hábiles siguientes, cualquier uso o divulgación no autorizada de la Información Confidencial del que tenga conocimiento.
Durante la vigencia del presente acuerdo y por un periodo de doce (12) meses posteriores a su terminación, ninguna de las Partes podrá, directa o indirectamente, contratar, solicitar contratación, ni inducir a la terminación de la relación laboral o profesional, de empleados o contratistas de la otra Parte que hayan tenido participación directa en el intercambio regulado por este acuerdo, sin autorización previa y por escrito de la Parte afectada.
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en este acuerdo se mantendrán vigentes durante el periodo de intercambio de Información Confidencial y por un plazo adicional de {PLAZO_AÑOS} años contados a partir de la fecha de la última revelación. Tratándose de información que constituya secreto industrial conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, las obligaciones se mantendrán vigentes mientras conserve dicha calidad. Salvo pacto en contrario, el plazo por defecto es de tres (3) años.
Al término del intercambio o a solicitud por escrito de la Parte Reveladora, la Parte Receptora se obliga a devolver o destruir, a elección de la Parte Reveladora, toda la Información Confidencial que obre en su poder, incluyendo copias, derivados, resúmenes y registros digitales, dentro de un plazo no mayor a diez (10) días hábiles. La destrucción se acreditará mediante certificación escrita firmada por el representante legal de la Parte Receptora, salvo que la ley aplicable obligue a la Parte Receptora a conservar copias por motivos regulatorios, en cuyo caso dichas copias quedarán sujetas a las obligaciones de confidencialidad por el periodo que la ley exija.
El presente acuerdo no transfiere a ninguna de las Partes derecho alguno sobre la propiedad intelectual de la otra Parte, incluyendo derechos de autor, marcas, patentes, secretos industriales, ni cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual. Cada Parte retiene la titularidad exclusiva sobre su propia información, materiales y desarrollos preexistentes. Ninguna disposición del presente acuerdo deberá interpretarse como licencia, cesión o transmisión de derechos de propiedad intelectual.
Las Partes reconocen expresamente que el incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad establecidas en este acuerdo puede causar daños y perjuicios de difícil cuantificación, por lo que la Parte afectada tendrá derecho a solicitar medidas cautelares ante los tribunales competentes, sin necesidad de otorgar garantía y sin perjuicio de las demás acciones legales que le correspondan, incluyendo el reclamo de daños y perjuicios efectivamente acreditados.
Este acuerdo se rige por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del mismo, las Partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de {ENTIDAD_FEDERATIVA}, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.
Toda notificación derivada del presente acuerdo se hará por escrito y se considerará entregada cuando se reciba en el domicilio fiscal o correo electrónico oficial declarado por la Parte respectiva en el bloque de identificación. Para DevZen, el correo oficial es kike@numia.group. Para el Cliente, el correo oficial es {CLIENTE_EMAIL}. Cualquier cambio de domicilio o correo deberá comunicarse a la otra Parte por escrito con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación.
- Modificación. Cualquier modificación al presente acuerdo deberá constar por escrito y ser firmada por ambas Partes.
- Cesión. Ninguna de las Partes podrá ceder los derechos u obligaciones derivados de este acuerdo sin autorización previa y por escrito de la otra Parte.
- Separabilidad. Si alguna disposición de este acuerdo fuera declarada nula o inválida, las demás disposiciones conservarán plena vigencia y eficacia.
- Acuerdo total. El presente acuerdo constituye el entendimiento completo entre las Partes respecto del intercambio de Información Confidencial, y deja sin efecto cualquier acuerdo previo, verbal o escrito, sobre la misma materia.
- Encabezados. Los encabezados de las cláusulas son únicamente referenciales y no limitan ni amplían su contenido.
Las Partes manifiestan que han leído, entendido y aceptado el contenido del presente acuerdo, y lo firman por duplicado en la fecha indicada a continuación, conservando cada Parte un ejemplar.